Derecho penal de la competencia

El derecho penal alemán no tiene una definición original de la corrupción ni una definición del concepto de corrupción.

El Código Penal sitúa diferentes formas de conducta corrupta en distintos lugares:

Mientras que los §§ 331 y ss. StGB cubren los delitos de corrupción en el cargo, los §§ 298 y siguientes del StGB regulan los delitos de corrupción en los negocios privados..

El objetivo de los delitos -aunque estén comprendidos en el concepto de corrupción- también es diferente: los delitos oficiales tienen por objeto proteger la integridad del servicio público, el interés jurídico de los § 298 y 299 y ss. StGB es la libre competencia, es decir, la libertad en el mercado de influencias desleales y no reveladas. Sólo indirectamente, también se protegen los intereses pecuniarios de los participantes en el concurso.

El derecho de la competencia ha ganado en importancia en los últimos años. Por un lado, la creciente concienciación del público y de la comunidad empresarial desde el primer reglamento de 1997 ha llevado a una mayor sensibilización. Por otra parte, los organismos encargados de la aplicación de la ley se están especializando cada vez más en este ámbito, de forma similar a los de la legislación antimonopolio. Esto también está conduciendo a un mayor número de procesamientos efectivos. Los casos transfronterizos también han ganado en importancia.

Los límites entre los métodos justos de competencia (patrocinio permitido, socialización con socios comerciales y eventos de doble propósito) y el comportamiento corrupto criminal se han vuelto fluidos y no siempre fáciles de ver. En ocasiones, la responsabilidad penal depende únicamente de la interpretación de la conducta a la que apuntan las autoridades policiales. Por ello, es aún más importante buscar la asistencia competente de abogados especializados en defensa penal en una fase temprana.

Además de las normas del derecho penal, el artículo 23 de la Ley alemana de protección de los secretos comerciales (GeschGehG) es un elemento fundamental del derecho penal de la competencia. La normativa pretende proteger a las empresas de la difusión no autorizada de secretos comerciales: la violación de las prohibiciones de actuación establecidas en el artículo 4 de la GeschGehG se castiga con el artículo 23.

Con la adopción de la Ley de Digitalización de GWB en enero de 2021, las autoridades de la competencia deben poder contrarrestar en el futuro los problemas de competencia en el espacio digital (control de las empresas digitales y de las plataformas dominantes en el mercado, control del acceso a los datos por parte de los competidores). la Ley establece en los artículos 81 y ss. prevé multas contra particulares, empresas y asociaciones de empresas.

La persecución penal siempre supone un importante riesgo (financiero) para los particulares y empresas afectados. Los abogados de H2W Strafrecht están a su lado y le ayudan a conseguir el mejor resultado posible del procedimiento y a reducir las consecuencias monetarias.

Inscripción en el concurso

Con la introducción del llamado registro de la competencia, la situación en el ámbito de las infracciones de la competencia volverá a empeorar considerablemente. En el futuro, las infracciones de los requisitos de la ley de competencia se registrarán de manera uniforme y podrán ser recuperadas por los poderes adjudicadores. El registro nacional sustituirá sucesivamente a los actuales registros de corrupción a nivel estatal.

La Ley sobre la introducción de un registro de la competencia (WRegG) ya entró en vigor el 29 de julio de 2017. Los detalles sobre la aplicación de las obligaciones de información y las inscripciones en el registro de la competencia se han regulado desde 2021 en la Ordenanza sobre el funcionamiento del Registro para la Protección de la Competencia en los Contratos y Concesiones Públicos (Ordenanza del Registro de la Competencia - WRegV). El Bundeskartellamt es la autoridad principal.

El proceso de registro, que precede a las obligaciones de notificación y consulta, está actualmente en curso.

El artículo 2 de la WRegG enumera los delitos que debe incluir el registro. A través de la referencia al artículo 123 (1) de la Ley contra las Restricciones de la Competencia, los delitos penales están incluidos en el catálogo: el soborno/cohecho en las transacciones comerciales según el artículo 299 del Código Penal alemán (StGB); los acuerdos que restringen la competencia según el artículo 298 del StGB se enumeran por separado en el artículo 2 (1) nº 1 lit. e WRegG. Además, las decisiones que imponen multas a las empresas o a sus representantes legales en virtud de los artículos 30 y 130 de la OWiG también están cubiertas.

Antes de la inscripción en el registro, existe la posibilidad de presentar observaciones. Además, se puede solicitar un borrado anticipado mediante las llamadas medidas de autolimpieza. Déjese asesorar por los abogados de H2W Strafrecht en una fase temprana.