Lucha contra la corrupción a escala europea: la Fiscalía Europea comienza su labor

A partir del 1 de junio de 2021, hay un nuevo actor internacional en el ámbito de la corrupción penal y el derecho fiscal: la Fiscalía Europea comienza su labor.

¿Qué significa esto en la práctica? ¿Habrá una fiscalía paneuropea que compita con las autoridades nacionales?

Base legal, trabajo y objetivos de la Autoridad

La base jurídica de la nueva autoridad europea a nivel europeo es el artículo 86 del TFUE y el Reglamento (UE) 2017/1939 del Consejo, de 12 de octubre de 2017, relativo a la aplicación de la cooperación reforzada para la creación de la Fiscalía Europea (en resumen: EUStA). En Alemania, el Reglamento (directamente aplicable) fue aplicado por la Ley de la Fiscalía Europea de 10 de julio de 2020 (BGBl. I p. 1648). § El artículo 142b de la GVG regula la competencia de los delegados europeos.

Según su autodescripción (disponible en alemán en: https://ec.europa.eu/anti-fraud/policy/preventing-fraud/european_public_prosecutor_de) la autoridad europea debe actuar contra la llamada «gran delincuencia transfronteriza en detrimento del presupuesto de la UE». La autoridad se considera independiente (artículo 6 del reglamento), su trabajo consistirá en la persecución de delitos de blanqueo de capitales, fraude, corrupción y delitos fiscales, en particular también carruseles de IVA. La competencia de la EUStA se limita a los delitos definidos que afectan a los intereses financieros de la UE a gran escala (artículo 22 y siguientes del Reglamento). Está prevista una estrecha colaboración con OLAF, la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude.

La EUStA debe actuar tanto como autoridad central a nivel de la UE como para poder llevar a cabo investigaciones y actuaciones judiciales descentralizadas en el respectivo país de la UE, es decir, también en Alemania (artículo 8 del Reglamento). Para las operaciones dentro de los estados nacionales, se debe acceder al respectivo personal nacional y a los códigos legales nacionales.

Si la EUStA se activa, las investigaciones nacionales deben pasar a un segundo plano, pero después de la acusación los tribunales nacionales son competentes. El nuevo artículo 16 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal establece normas sobre el examen de la competencia local del tribunal en caso de acusación por parte del EUStA. Según el apartado 2 del artículo 16 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, el examen de la competencia es posible con la objeción del acusado.

Implicaciones para la práctica.

Tras retrasar una y otra vez el inicio de los trabajos de la EUStA, ésta comenzará sus investigaciones a partir de junio de 2021. Actualmente, según el BMJV, su trabajo podría centrarse en los delitos relacionados con el paquete de ayudas europeo Corona (disponible en: https://www.bmjv.de/SharedDocs/Artikel/DE/2021/0528_Europaeische_Staatsanwaltschaft.html).

Sin embargo, está por ver lo que esto significará para la práctica diaria de la defensa penal. Se dice que la nueva autoridad carece de recursos humanos y financieros incluso antes de comenzar su labor.

En teoría, desde junio de 2021, la autoridad puede investigar, perseguir y presentar cargos en los Estados miembros, es decir, también en Alemania (artículo 86 (2) del TFUE). Si varios Estados miembros se ven afectados por una infracción penal y tienen una jurisdicción correspondiente, el enjuiciamiento se basará en el foco de la infracción. Debido a la limitación de recursos, esto sólo puede llevarse a cabo en estrecha colaboración con las autoridades respectivas. La cooperación en la práctica parece estar muy poco resuelta. Se trata de cuestiones detalladas de competencia y de aspectos prácticos muy concretos, como la concesión del derecho a inspeccionar los expedientes o el ejercicio de la representación en las audiencias.

Derechos del acusado en peligro.

Siempre que entran en vigor nuevos mecanismos de enjuiciamiento, existe el riesgo de que no se tengan suficientemente en cuenta los derechos de los acusados. Esto es tanto más cierto cuanto que los derechos de los acusados en los procesos penales no tienen en absoluto un nivel uniforme en toda Europa. La cuestión de dónde se encuentra el centro de gravedad de un delito determina no sólo la jurisdicción, sino también la aplicabilidad de los derechos procesales elementales.

También debe buscar asistencia jurídica en una fase temprana cuando se trate de investigaciones de la Autoridad Europea, para contrarrestar cualquier riesgo en una fase temprana y para ejercer efectivamente los derechos, como la posibilidad de objetar de conformidad con el artículo 16 del Código de Procedimiento Penal. Estaremos encantados de asesorarle al respecto en nuestros idiomas de trabajo alemán, inglés, español, ruso y francés.