¿Qué dura… o no dura? – La Ordenanza del Registro de la Competencia entra en vigor el 23 de abril de 2021

Hace tiempo que se anunció la introducción de un registro de concursos a nivel nacional. Ahora hay movimiento en el asunto. En breve, es inminente un registro uniforme en todo el país para las infracciones penales y administrativas en el ámbito del derecho de la competencia. 

Ordenanza necesaria que entra en vigor el 23 de abril de 2021.

La Ley de Registro de la Competencia (WRegG) -la base jurídica del registro federal previsto- entró en vigor ya en 2017. Después de eso, no pasó nada durante un tiempo. Tampoco se ha podido mantener el anuncio de las autoridades de una aplicación para finales de 2020. 

Esto provocó incertidumbre en la defensa de la empresa: ¿es mejor abstenerse de emprender acciones legales para evitar el registro? ¿O el registro será retroactivo de todos modos? El 23 de abril de 2021 entró en vigor el Reglamento del Registro de la Competencia (WRegV), necesario para la aplicación definitiva. 

El registro de la competencia a nivel nacional será mantenido en el futuro por la Oficina Federal de la Competencia, y habrá una estrecha cooperación con el Ministerio Federal de Economía (la información actual está disponible en https://www.bundeskartellamt.de/DE/Wettbewerbsregister/WettbewReg_node.html y https://www.bmwi.de/Redaktion/DE/Artikel/Wirtschaft/wettbewerbsregister.html). 

Sin embargo, la aplicación aún no se ha completado y quedan muchas preguntas sin respuesta.

¿Ahora va derecho?

No, todavía no existen las obligaciones de notificación y consulta previstas. Sólo un mes después de la publicación de las obligaciones en el Boletín Federal, las autoridades comunicarán las decisiones pertinentes al registro. Así, los poderes adjudicadores también podrán consultar el registro.

Hasta entonces, se sigue aplicando lo siguiente: simplemente depende del estado federal en el que se encuentre la persona jurídica y/o se haya cometido el delito. Mientras que en Berlín se lleva un registro de la corrupción, en Brandeburgo es bastante diferente: la cuestión del registro es, en casos individuales, de unos pocos kilómetros. 

Période de transition et maintien des registres nationaux non résolus.

Tampoco está claro qué se aplicará durante el periodo transitorio y si los registros estatales se transferirán al registro federal. Cuando se les pregunta, las autoridades tampoco dan una respuesta clara.

Así que sigue siendo emocionante. En H2W Derecho Penal le mantendremos informado. Puede encontrar más información sobre nuestro asesoramiento en derecho penal de la corrupción y la competencia aquí y aquí.